Estas normas y recomendaciones que conforman el protocolo están destinadas a aquellos locales comerciales de indumentaria o calzado barriales de proximidad.

Dias y horarios de apertura y cierre de establecimientos

  • Los establecimientos solo podrán funcionar de lunes a viernes.
  • El horario de apertura y cierre podrá ser entre las 11.00 horas y hasta las 21.00 horas
  • Asimismo, regirá para la atención una diferenciación de acuerdo al número de terminación del DNI, con la finalidad de disminuir la afluencia de personas en los locales.
  • En consecuencia, los días impares se atenderá a personas cuyo DNI termine en un número impar y los días pares, a aquellas con terminaciones pares de documento.

En virtud de lo expuesto, los clientes deberán concurrir con su Documento Nacional de Identidad.

Acceso al local comercial

Será obligatorio que al ingresar al local, el público se higienice sus manos con alcohol en gel o satinizante. Por ello, se debe poner a disposición del público, alcohol en gel o satinizante en accesos a los locales.

  • Recomendar que las personas/clientes no vengan acompañados.
  • Disponer de personal que controle los accesos y evitar aglomeraciones de personas en los locales. Para ello, se debe prohibir, siempre que fuera posible, el ingreso al local de cualquier acompañante para todos los clientes/concurrentes.
  • Se debe garantizar, en los momentos de mayor afluencia de clientes, todos los medios necesarios para una rápida atención, disminuyendo el tiempo de permanencia de las personas/clientes en el local.
  • El público concurrente al local debe calcularse en una medida de 1 persona cada 15m2 del espacio destinado a la atención al público. Cada establecimiento debe indicar en sus accesos la cantidad máxima de público que puede ingresar en simultáneo.
  • De modo de facilitar el cumplimiento de la medida de distanciamiento social tanto dentro como fuera del establecimiento, se invita a los comercios que gestionen filas sobre aceras a implementar el instructivo de distanciamiento en comercios Protocolo distancia segura en comercios

No se permite la prueba de indumentaria. En virtud de ello, se debe delimitar los espacios dentro de los locales de modo de impedir el acceso de los clientes a los sectores de probadores.

Prueba de calzado

  • Para la prueba del calzado, será obligatorio que el cliente se desinfecte sus manos con alcohol antes y después de ponerse el calzado.

Medidas de higiene para la realización de la actividad

  • Se recomienda revisar y adecuar las diferentes tareas fundamentales en base a turnos rotativos de trabajo y disposición de descansos para llevar al mínimo posible la convivencia simultánea de personas en un mismo espacio físico
  • Respetar siempre la distancia entre personas de al menos 1.5 metros.
  • Es obligatorio el uso de cubrebocas en todo momento, tanto para el personal como en los clientes ingresantes.

Medidas de prevención en relación al personal

Es imprescindible reforzar las medidas de higiene personal en todos los ámbitos de trabajo y frente a cualquier escenario de exposición, se recomienda:

  • Identificar, preguntar y registrar al personal que ingresa al establecimiento si posee algunos de los síntomas indicados para el COVID-19.
  • Se sugiere, en la medida de lo posible, controlar la temperatura de los trabajadores previo a la entrada en el local comercial, la cual debe ser menor de 37.5ºC.

La higiene de manos de manera frecuente, ya que es la medida principal de prevención y control de la infección, principalmente:

  • Al ingreso al lugar de trabajo
  • Antes y después de manipular basura, desperdicios, alimentos, de comer;
  • luego de tocar superficies públicas (mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, etc.), manipular dinero, tarjetas de crédito / débito, llaves, animales, etc.
  • Después de utilizar instalaciones sanitarias y de estar en contacto con otras personas.
    • Mantener una distancia mínima de 1,5 metros con cualquier persona.
    • Evitar tocarse los ojos, la nariz y la boca.
    • No compartir elementos de uso personal (vasos, cubiertos, mate, etc.).

Personal desafectado por grupo de riesgo

Están dispensadas del deber de asistencia al lugar de trabajo las siguientes personas incluidas en los grupos de riesgo y aquellas cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado de niños, niñas o adolescentes:

a. Trabajadores y trabajadoras mayores de sesenta (60) años de edad.

b. Trabajadoras embarazadas

c. Trabajadores y trabajadoras con:

  1. Enfermedades respiratorias crónicas: enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.
  2. Enfermedades cardíacas: Insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, valvulopatías y cardiopatías congénitas.
  3. Inmunodeficiencias.
  4. Diabéticos, personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.

NO ESTÁ PERMITIDO EL USO DEL TRANSPORTE PÚBLICO PARA LOS EMPLEADOS DE ESTA ACTIVIDAD

Con el fin de reservar el transporte público de pasajeros a las actividades esenciales, los empleadores deberán garantizar el traslado del personal mediante la contratación de los servicios de transporte automotor de vehículos habilitados para el servicio de taxi, remís o similar. También se puede acudir al uso de vehículos propios.

En todos los casos se puede transportar a un solo pasajero por vez.

Higiene y desinfección del ambiente

Se deberá mantener el ambiente laboral bien ventilado.

  • Limpiar todas las superficies de trabajo con agua y detergente, y desinfectar las mismas con solución con lavandina al 10% (10 ml de lavandina de uso doméstico en 1 litro de agua) o alcohol al 70%. Puede utilizarse un envase con pulverizador.
  • Los lugares de trabajo deben mantenerse en condiciones de higiene y desinfección. Se deberán reforzar las medidas de higiene de los lugares de trabajo incrementando la limpieza de mostradores, pasamanos, entrega de mercadería, escritorios, computadoras, teléfonos, pisos, manijas y picaportes y toda otra superficie con la que el trabajador pueda entrar en contacto.
  • Los trabajadores deberán contar con reposición de Elementos de Protección Personal (EPP) y kit de desinfección húmeda (consistente en la limpieza con agua y detergente y luego desinfección con una solución de lavandina de uso comercial con agua – 10 ml de lavandina en 1 litro de agua) para el lugar de trabajo.
  • Se deberá realizar la limpieza del sector antes y después de realizar el trabajo.
  • El personal de limpieza deberá contar con todos los elementos de seguridad necesarios para controlar y minimizar la exposición (respiratoria y de manos).
  • En el caso de tareas de limpieza y desinfección, se recomienda seguir las medidas de seguridad e higiene.
  • Asegurar la provisión de agua potable en cantidades suficientes para garantizar la higiene y desinfección tanto del trabajador como del ambiente de trabajo.
  • Para reducir eficazmente el desarrollo de microorganismos en las manos, el lavado de manos debe durar al menos 40–60 segundos.
  • En caso de no tener acceso a agua y jabón: Higiene de manos con soluciones a base de alcohol (por ejemplo, alcohol en gel). Es importante hacerlo frecuentemente, sobre todo:
    • antes y después de manipular basura o desperdicios;
    • antes y después de comer, manipular alimentos y/o amamantar;
    • luego de haber tocado superficies de uso público: mostradores, pasamanos, picaportes, barandas, etc.
    • después de manipular dinero o llaves.

Espacios comunes sanitarios

Se deben reforzar las condiciones de higiene de los espacios comunes, particularmente comedores y sanitarios y aumentar la frecuencia de higiene y desinfección de los mismos.

  • Se debe minimizar la cantidad de personas que utilicen estas instalaciones en forma simultánea de modo de respetar la distancia mínima de 1,5 m entre cada una de ellas.
  • Los platos, vasos, cubiertos, mate, deben ser individuales para cada trabajador y no se deben compartir.

¿Qué hacer ante la sospecha de un caso?

En principio, ante un caso sospechoso, el empleador debe adecuarse a los Lineamientos y pautas generales establecidas en los protocolos COVID-19, en particular, al “PROTOCOLO DE MANEJO FRENTE A CASOS SOSPECHOSOS Y CONFIRMADOS DE COVID-19” aprobado por Resol-2020-842-GCABA-MSGC y modificatorias, y demás documentos sanitarios publicados en el siguiente link de acceso web: https://www.buenosaires.gob.ar/coronavirus/protocolos-coronaviruscovid-19